Por Connie Ramírez
Se sabe ampliamente que el consumo de alimentos con ciertos ingredientes o sustancias puede causar daños al organismo, incluso de forma irreversible. Con el objetivo de proteger a la población, el gobierno mexicano ha implementado políticas públicas para fomentar hábitos saludables.
Siguiendo una recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Gobierno de la República ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una prohibición nacional de comercializar ciertos productos, además de lo establecido en la Ley General de Salud.
Según el decreto, a partir del primer día de septiembre entrará en vigor la prohibición de alimentos que contengan más de dos gramos de grasas transgénicas (trans) entre sus ingredientes.
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El Gobierno de México ha explicado en su página web oficial que las grasas trans se forman mediante un proceso industrial que agrega hidrógeno al aceite vegetal, convirtiéndolo en una sustancia sólida a temperatura ambiente. Este proceso altera el sabor y la consistencia de los productos, con el objetivo de mantener su sabor estable durante largos períodos de tiempo y prevenir el deterioro.
No obstante, surge la pregunta de cómo se identificarán los productos que no podrán ser vendidos en el país a partir de septiembre.
- Palomitas para microondas
- Pizza congelada
- Masa refrigerada
- Papas fritas
- Donas
- Pollo frito
- Salsas
- Helados
- Botanas saladas y dulces
- Crema de leche para café
- Margarina
Es importante tener en cuenta que para identificar con precisión qué productos estarán prohibidos, es necesario verificar si cuentan con la leyenda “Exceso de grasas saturadas” de la Secretaría de Salud.
Por lo tanto, si tus galletas o botanas favoritas llevan esta leyenda, olvídate de ellas, ya que desaparecerán en México y se convertirán en parte de la nostalgia de tiempos pasados.
Sin embargo, las empresas tienen todo el mes de septiembre para ajustar sus recetas y asegurarse de que sus productos cumplan con el decreto oficial sobre las grasas trans.
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